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Código de Protección y Defensa del Consumidor

Artículo 43: Constancia de cancelación de créditos

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Texto literal del artículo

Cuando los consumidores cancelan íntegramente una obligación en cualquier entidad financiera o de crédito, tienen derecho a obtener, a su solicitud, una constancia de cancelación en forma gratuita otorgada por dicha entidad.

Resumen breve

Cuando un consumidor paga por completo una obligación con una entidad financiera o de crédito, puede solicitar una constancia que acredite la cancelación. La entidad debe entregarla gratuitamente.

Ejemplo cotidiano

Después de pagar todo su préstamo, Rosa solicita al banco una constancia de cancelación y la recibe sin pagar ningún costo.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.