Código de Protección y Defensa del Consumidor
Artículo 42: Información sobre consumidores en centrales privadas de riesgo
Ver todos los artículos42.1 Todo consumidor tiene derecho a conocer los datos, el contenido y las anotaciones de su historial crediticio registrado en las centrales de riesgo en forma gratuita mediante la visualización en pantalla y cuando lo considere necesario. 42.2 Todo consumidor tiene derecho, a su solicitud, a obtener gratuita y semestralmente de cualquier central de riesgo o cuando la información contenida en sus bancos de datos haya sido objeto de rectificación, un reporte escrito con la información sobre su historial crediticio que conste en dicha base de datos. 42.3. El consumidor tiene derecho a la actualización de su registro en una central de riesgo, dentro de un plazo no mayor de dos días hábiles contados desde que la central de riesgo recibe la información pertinente que le permita efectuar la actualización. El acreedor tiene la obligación de informar oportunamente en los plazos previstos en la normativa correspondiente a las centrales de riesgo a las que reportó de un deudor moroso, en el momento en que este haya cancelado su obligación, para el registro respectivo. (*) Numeral modificado por el artículo 2 de la Ley N° 32327, publicada el 10 de mayo de 2025. 42.4 La información que haya originado una anotación errónea debe ser retirada inmediatamente, bajo responsabilidad y costo de la misma central de riesgo. 42.5 Las centrales de riesgo están en la obligación de salvaguardar la información personal de los consumidores bajo responsabilidad y a que la información que sea pública responda a la situación real del titular de la información en determinado momento, conforme a la normativa correspondiente. 42.6 Las disposiciones del presente artículo se aplican en concordancia con la legislación especial sobre la materia.
Puede consultar gratis y en pantalla su historial crediticio, y pedir un reporte escrito cada seis meses o tras una rectificación. La central debe actualizarlo en máximo dos días hábiles tras recibir la información, retirar de inmediato datos erróneos, protegerlos y mantener pública información real; el acreedor debe informar el pago.
Rosa paga su deuda al banco; este informa a la central, que actualiza su historial dentro de dos días hábiles y elimina cualquier dato erróneo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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