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Código de Protección y Defensa del Consumidor

Artículo 154: Prohibiciones para las asociaciones de consumidores

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Texto literal del artículo

Para efectos de la independencia y transparencia de las asociaciones de consumidores, estas no pueden: a. Incluir como asociadas a personas jurídicas con fines de lucro. b. Percibir financiamiento de los proveedores que comercializan productos y servicios. c. Dedicarse a actividades distintas a su finalidad o incompatibles con ella. d. Destinar los fondos públicos entregados por concepto de multas para una finalidad distinta a la asignada. e. Actuar con manifiesta temeridad presentando denuncias maliciosas debidamente sancionadas en la vía administrativa o judicial. f. Incumplir las disposiciones establecidas por el presente Código o las resoluciones emitidas por el Consejo Directivo del Indecopi sobre la materia. El incumplimiento de cualquiera de estas disposiciones es sancionado por el Indecopi por infracción a las normas de protección al consumidor, de conformidad con el artículo 106, con la suspensión o la cancelación del registro especial hasta por un período de dos (2) años, previo procedimiento, teniendo en cuenta la gravedad o el reiterado incumplimiento de las disposiciones establecidas para estos efectos. (*) Párrafo modificado por el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1390, publicado el 5 de setiembre de 2018.

Resumen breve

Las asociaciones de consumidores no pueden admitir empresas lucrativas, recibir dinero de proveedores, desviarse de su finalidad, usar fondos públicos de multas para otros fines, presentar denuncias maliciosas sancionadas ni incumplir el Código o resoluciones del Indecopi. Este puede suspender o cancelar su registro especial hasta por dos años, mediante procedimiento y considerando la gravedad o reiteración.

Ejemplo cotidiano

La asociación de Rosa recibe dinero de una empresa proveedora; Indecopi, tras investigar, puede suspender su registro especial hasta por dos años.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.