Código de Protección y Defensa del Consumidor
Artículo 119: Registro de infracciones y sanciones
Ver todos los artículosEl Indecopi lleva un registro de infracciones y sanciones a las disposiciones del presente Código con la finalidad de contribuir a la transparencia de las transacciones entre proveedores y consumidores y orientar a estos en la toma de sus decisiones de consumo. Los proveedores que sean sancionados mediante resolución firme en sede administrativa quedan automáticamente registrados por el lapso de cuatro (4) años contados a partir de la fecha de dicha resolución. La información del registro es de acceso público y gratuito.
El Indecopi debe mantener un registro público y gratuito de las infracciones y sanciones al Código, para promover la transparencia y orientar las decisiones de consumo. Los proveedores sancionados mediante una resolución administrativa firme quedan registrados automáticamente durante cuatro años desde la fecha de esa resolución.
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Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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