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Código de Protección y Defensa del Consumidor

Artículo 119: Registro de infracciones y sanciones

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Texto literal del artículo

El Indecopi lleva un registro de infracciones y sanciones a las disposiciones del presente Código con la finalidad de contribuir a la transparencia de las transacciones entre proveedores y consumidores y orientar a estos en la toma de sus decisiones de consumo. Los proveedores que sean sancionados mediante resolución firme en sede administrativa quedan automáticamente registrados por el lapso de cuatro (4) años contados a partir de la fecha de dicha resolución. La información del registro es de acceso público y gratuito.

Resumen breve

El Indecopi debe mantener un registro público y gratuito de las infracciones y sanciones al Código, para promover la transparencia y orientar las decisiones de consumo. Los proveedores sancionados mediante una resolución administrativa firme quedan registrados automáticamente durante cuatro años desde la fecha de esa resolución.

Ejemplo cotidiano

Rosa revisa gratis el registro del Indecopi y descubre que una tienda sancionada hace dos años aún figura allí.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.