TUO de la Ley Nº 27444
Artículo 92: Trámite de abstención
Ver todos los artículosLa tramitación de una abstención se realizará en vía incidental, sin suspender los plazos para resolver o para que opere el silencio administrativo. (Texto según el artículo 92 de la Ley N° 27444)
La abstención se tramita por una vía incidental (dentro del procedimiento), sin detener los plazos para resolver el caso. Tampoco se suspenden los plazos para que opere el silencio administrativo.
Rosa solicita que un funcionario se aparte, pero la entidad debe seguir contando el plazo para resolver su pedido.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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