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TUO de la Ley Nº 27444

Artículo 91: Consecuencias de la no abstención

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Texto literal del artículo

91.1 La participación de la autoridad en el que concurra cualquiera de las causales de abstención, no implica necesariamente la invalidez de los actos administrativos en que haya intervenido, salvo en el caso en que resulte evidente la imparcialidad o arbitrariedad manifiesta o que hubiera ocasionado indefensión al administrado. 91.2 Sin perjuicio de ello, el superior jerárquico dispone el inicio de las acciones de responsabilidad administrativa, civil o penal contra la autoridad que no se hubiese abstenido de intervenir, conociendo la existencia de la causal. (Texto según el artículo 91 de la Ley N° 27444)

Resumen breve

La intervención de una autoridad con causal de abstención no invalida por sí sola el acto administrativo, salvo que evidencie parcialidad o arbitrariedad manifiesta, o cause indefensión al administrado. El superior jerárquico debe iniciar acciones de responsabilidad administrativa, civil o penal contra la autoridad que conocía la causal y no se abstuvo.

Ejemplo cotidiano

El funcionario Carlos sabía que su hermano era parte del trámite, decidió intervenir y luego el superior inició acciones de responsabilidad contra él.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.