TUO de la Ley Nº 27444
Artículo 53: Representación de personas jurídicas
Ver todos los artículosLas personas jurídicas pueden intervenir en el procedimiento a través de sus representantes legales, quienes actúan premunidos de los respectivos poderes. (Texto según el artículo 53 de la Ley N° 27444)
Una persona jurídica puede participar en un procedimiento administrativo mediante sus representantes legales. Estos representantes deben actuar con los poderes correspondientes para intervenir válidamente en nombre de la entidad.
La empresa Andina participa en un trámite administrativo mediante Rosa, su representante legal, quien presenta el poder que acredita sus facultades.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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