TUO de la Ley Nº 27444
Artículo 242: Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles
Ver todos los artículosEl Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles consolida toda la información relativa al ejercicio de la potestad administrativa sancionadora disciplinaria y funcional ejercida por las entidades de la Administración Pública, así como aquellas sanciones penales impuestas de conformidad con los artículos 296, 296-A primer, segundo y cuarto párrafo; 296-B, 297, 382, 383, 384, 387, 388, 389, 393, 393-A, 394, 395, 396, 397, 397-A, 398, 399, 400 y 401 del Código Penal, así como el artículo 4-A del Decreto Ley 25475 y los delitos previstos en los artículos 1, 2 y 3 del Decreto Legislativo 1106. (Texto según el artículo 242 de la Ley N° 27444, modificado por el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1367)
El Registro Nacional de Sanciones reúne información sobre sanciones disciplinarias y funcionales impuestas por entidades de la Administración Pública. También registra sanciones penales por los delitos previstos en los artículos 296, 296-A, 296-B, 297, 382 a 401 del Código Penal y normas especiales indicadas.
Cuando la Municipalidad de Lima sanciona disciplinariamente a Ana Torres, esa sanción se incorpora al Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles junto con las sanciones penales previstas por la norma.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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