TUO de la Ley Nº 27444
Artículo 222: Contenido de la reclamación
Ver todos los artículos222.1 La reclamación deberá contener los requisitos de los escritos previstos en el artículo 113 de la presente Ley, así como el nombre y la dirección de cada reclamado, los motivos de la reclamación y la petición de sanciones u otro tipo de acción afirmativa. 222.2 La reclamación deberá ofrecer las pruebas y acompañará como anexos las pruebas de las que disponga. 222.3 La autoridad podrá solicitar aclaración de la reclamación de admitirla, cuando existan dudas en la exposición de los hechos o fundamentos de derecho respectivos. (Texto según el artículo 222 de la Ley N° 27444)
Quien presenta una reclamación debe cumplir los requisitos del artículo 113, identificar con nombre y dirección a cada reclamado, explicar los motivos y pedir sanciones u otra acción concreta. También debe ofrecer pruebas y adjuntar las que tenga; la autoridad puede pedir aclaraciones antes de admitirla si existen dudas sobre los hechos o fundamentos legales.
María reclama contra una empresa, identifica a sus responsables, explica el problema, pide una sanción, ofrece pruebas y adjunta fotografías.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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