TUO de la Ley Nº 27444
Artículo 107: Solicitud en interés particular del administrado
Ver todos los artículosCualquier administrado con capacidad jurídica tiene derecho a presentarse personalmente o hacerse representar ante la autoridad administrativa, para solicitar por escrito la satisfacción de su interés legítimo, obtener la declaración, el reconocimiento u otorgamiento de un derecho, la constancia de un hecho, ejercer una facultad o formular legítima oposición. (Texto según el artículo 107 de la Ley N° 27444)
Cualquier administrado con capacidad jurídica puede acudir personalmente o mediante representante ante una autoridad administrativa. Debe presentar una solicitud escrita para pedir la satisfacción de un interés legítimo, el reconocimiento u otorgamiento de un derecho, la constancia de un hecho, ejercer una facultad o formular una oposición legítima.
Rosa presenta por escrito ante la municipalidad una solicitud para que reconozca su derecho a obtener una licencia.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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