Constitución Política del Perú
Artículo 67: Política ambiental
Ver todos los artículosEl Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales.
El Estado define la política nacional del ambiente y debe promover que los recursos naturales se utilicen de manera sostenible, es decir, sin agotarlos ni dañarlos innecesariamente.
María observa que una autoridad impulsa el uso responsable del agua y evita su desperdicio para conservar este recurso.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe