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Constitución Política del Perú

Artículo 67: Política ambiental

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Texto literal del artículo

El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales.

Resumen breve

El Estado define la política nacional del ambiente y debe promover que los recursos naturales se utilicen de manera sostenible, es decir, sin agotarlos ni dañarlos innecesariamente.

Ejemplo cotidiano

María observa que una autoridad impulsa el uso responsable del agua y evita su desperdicio para conservar este recurso.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.