MiCódigo.peBuscar otra norma

Constitución Política del Perú

Artículo 68: Conservación de la diversidad biológica y áreas naturales protegidas

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.

Resumen breve

El Estado debe promover acciones para conservar la diversidad biológica, es decir, la variedad de seres vivos. También debe impulsar la conservación de las áreas naturales protegidas.

Ejemplo cotidiano

Rosa observa que el Estado impulsa la protección de un área natural protegida cercana a su comunidad.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.