Constitución Política del Perú
Artículo 6: Política Nacional de Población. Paternidad y maternidad responsables. Igualdad de los hijos
Ver todos los artículosLa política nacional de población tiene como objetivo difundir y promover la paternidad y maternidad responsables. Reconoce el derecho de las familias y de las personas a decidir. En tal sentido, el Estado asegura los programas de educación y la información adecuados y el acceso a los medios, que no afecten la vida o la salud. Es deber y derecho de los padres alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos. Los hijos tienen el deber de respetar y asistir a sus padres. Todos los hijos tienen iguales derechos y deberes. Está prohibida toda mención sobre el estado civil de los padres y sobre la naturaleza de la filiación en los registros civiles y en cualquier otro documento de identidad.
El Estado promueve paternidad y maternidad responsables y garantiza educación, información y medios para que familias y personas decidan sin afectar vida o salud. Todos los hijos tienen iguales derechos y deberes; registros civiles y documentos de identidad no pueden mencionar el estado civil de los padres ni la naturaleza de la filiación.
Cuando Rosa y José inscriben a su hija Valeria, el registro civil no puede anotar el estado civil de ellos ni la naturaleza de la filiación de Valeria.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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