Constitución Política del Perú
Artículo 35: Organizaciones políticas
Ver todos los artículosLos ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas, conforme a ley. Tales organizaciones concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica. Mediante ley se establecen disposiciones orientadas a asegurar el funcionamiento democrático de las organizaciones políticas y la transparencia sobre el origen de sus recursos económicos, así como su verificación, fiscalización, control y sanción. El financiamiento de las organizaciones políticas puede ser público y privado. Se rige por ley conforme a criterios de transparencia y rendición de cuentas. El financiamiento público promueve la participación y fortalecimiento de las organizaciones políticas bajo criterios de igualdad y proporcionalidad. El financiamiento privado se realiza a través del sistema financiero con las excepciones, topes y restricciones correspondientes. El financiamiento ilegal genera la sanción administrativa, civil y penal respectiva. Solo se autoriza la difusión de propaganda electoral en medios de comunicación radiales y televisivos mediante financiamiento público indirecto. (*) Artículo modificado por el artículo único de la Ley N° 30905, publicada el 10 de enero de 2019.
Los ciudadanos pueden participar políticamente solos o mediante partidos, movimientos o alianzas, que adquieren personalidad jurídica al inscribirse. La ley exige funcionamiento democrático y transparencia del financiamiento, que puede ser público o privado; el ilegal genera sanciones administrativas, civiles y penales, y la propaganda radial o televisiva solo puede difundirse con financiamiento público indirecto.
Durante una campaña, el partido de José se inscribe, informa el origen de sus aportes y difunde anuncios radiales únicamente mediante financiamiento público indirecto.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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