Constitución Política del Perú
Artículo 33: Suspensión del ejercicio de la ciudadanía
Ver todos los artículosEl ejercicio de la ciudadanía se suspende: 1. Por resolución judicial de interdicción. 2. Por sentencia con pena privativa de la libertad. 3. Por sentencia con inhabilitación de los derechos políticos.
El ejercicio de la ciudadanía se suspende por una resolución judicial de interdicción (restricción de capacidad), una sentencia con pena de prisión o una sentencia que inhabilite los derechos políticos. Como consecuencia, la persona deja de ejercer su ciudadanía.
Tras una sentencia que lo inhabilita políticamente, Carlos deja de ejercer sus derechos ciudadanos.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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