Constitución Política del Perú
Artículo 24: Derechos del trabajador
Ver todos los artículosEl trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual. El pago de la remuneración y de los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra obligación del empleador. Las remuneraciones mínimas se regulan por el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores.
El trabajador debe recibir una remuneración equitativa y suficiente para procurar su bienestar material y espiritual y el de su familia. El empleador debe pagar primero las remuneraciones y beneficios sociales antes que cualquier otra obligación; el Estado fija las remuneraciones mínimas con participación de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores.
Cuando la empresa de Carlos tiene deudas, debe pagar primero su sueldo y beneficios sociales antes de cumplir otras obligaciones.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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