Constitución Política del Perú
Artículo 197: Otras funciones de los gobiernos locales
Ver todos los artículosLas municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a ley. (*) Artículo modificado por el artículo único de la Ley N° 27680, publicada el 7 de marzo de 2002.
Las municipalidades deben promover, apoyar y regular la participación de los vecinos en el desarrollo local. También deben brindar servicios de seguridad ciudadana con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, según lo que establezca la ley.
La municipalidad de Arequipa organiza reuniones vecinales y coordina con la Policía Nacional rondas de seguridad para proteger a Rosa y sus vecinos.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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