Constitución Política del Perú
Artículo 17: Obligatoriedad de la educación inicial, primaria y secundaria
Ver todos los artículosLa educación inicial, primaria y secundaria son obligatorias. En las instituciones del Estado, la educación es gratuita. En las universidades públicas el Estado garantiza el derecho a educarse gratuitamente a los alumnos que mantengan un rendimiento satisfactorio y no cuenten con los recursos económicos necesarios para cubrir los costos de educación. Con el fin de garantizar la mayor pluralidad de la oferta educativa, y en favor de quienes no puedan sufragar su educación, la ley fija el modo de subvencionar la educación privada en cualquiera de sus modalidades, incluyendo la comunal y la cooperativa. El Estado promueve la creación de centros de educación donde la población los requiera. El Estado garantiza la erradicación del analfabetismo. Asimismo, fomenta la educación bilingüe e intercultural, según las características de cada zona. Preserva las diversas manifestaciones culturales y lingüísticas del país. Promueve la integración nacional.
La educación inicial, primaria y secundaria es obligatoria y gratuita en las instituciones estatales. El Estado garantiza educación universitaria gratuita a estudiantes de universidades públicas con rendimiento satisfactorio y sin recursos suficientes; además, promueve centros educativos donde hagan falta, combate el analfabetismo y fomenta la educación bilingüe e intercultural.
Rosa y Luis pueden matricular gratuitamente a su hija en una escuela estatal, mientras Ana accede a una universidad pública si mantiene buen rendimiento y carece de recursos.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe