Constitución Política del Perú
Artículo 163: El Sistema de Defensa Nacional
Ver todos los artículosEl Estado garantiza la seguridad de la Nación mediante el Sistema de Defensa Nacional. La Defensa Nacional es integral y permanente. Se desarrolla en los ámbitos interno y externo. Toda persona, natural o jurídica, está obligada a participar en la Defensa Nacional, de conformidad con la ley.
El Estado debe garantizar la seguridad de la Nación mediante el Sistema de Defensa Nacional, cuya labor es integral, permanente y se realiza en los ámbitos interno y externo. Toda persona y empresa debe participar en la Defensa Nacional según lo que establezca la ley.
María y la empresa de José participan en una actividad de Defensa Nacional cuando la ley les exige colaborar con el Estado.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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