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Código Tributario

Artículo 53: ÓRGANOS RESOLUTORES

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Texto literal del artículo

Son órganos de resolución en materia tributaria: 1. El Tribunal Fiscal. 2. La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. 3. Los Gobiernos Locales. 4. Otros que la ley señale. (63) Artículo sustituido por el artículo 23 del Decreto Legislativo Nº 953, publicado el 5 de febrero de 2004.

Resumen breve

En materia tributaria, pueden resolver los asuntos el Tribunal Fiscal, la SUNAT y los gobiernos locales. También pueden hacerlo otras entidades cuando una ley las autorice.

Ejemplo cotidiano

Ante el reclamo de una empresa por arbitrios municipales, la Municipalidad de Miraflores emite la resolución tributaria correspondiente, porque los gobiernos locales pueden resolver asuntos tributarios.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.