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Código Tributario

Artículo 155: QUEJA

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Texto literal del artículo

La queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido en este Código, en la Ley General de Aduanas, su reglamento y disposiciones administrativas en materia aduanera; así como en las demás normas que atribuyan competencia al Tribunal Fiscal. La queja es resuelta por: a) La Oficina de Atención de Quejas del Tribunal Fiscal dentro del plazo de veinte (20) días hábiles de presentada la queja, tratándose de quejas contra la Administración Tributaria. Excepcionalmente, el plazo es de treinta (30) días hábiles en caso se emita pronunciamiento sobre la prescripción al resolverse la queja. (*) Inciso modificado por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1528, publicado el 3 de marzo de 2022. b) El Ministro de Economía y Finanzas dentro del plazo de veinte (20) días hábiles, tratándose de quejas contra el Tribunal Fiscal. No se computa dentro del plazo para resolver, aquél que se haya otorgado a la Administración Tributaria o al quejoso para atender cualquier requerimiento de información o el plazo que se otorgue a este último para que se afilie a la notificación por medio electrónico del Tribunal Fiscal, en caso de estar obligado a ello conforme a lo establecido mediante resolución ministerial del Sector Economía y Finanzas. (*) Párrafo modificado por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1528, publicado el 3 de marzo de 2022. Las partes podrán presentar al Tribunal Fiscal documentación y/o alegatos hasta la fecha de emisión de la resolución correspondiente que resuelve la queja. (226) Artículo modificado por el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1113, publicado el 5 de julio de 2012.

Resumen breve

Puedes presentar una queja por actuaciones o procedimientos que te afecten directamente o infrinjan normas tributarias o aduaneras. La Oficina de Atención de Quejas resuelve quejas contra la Administración Tributaria en 20 días hábiles, o 30 si analiza prescripción; el Ministro de Economía y Finanzas resuelve las dirigidas contra el Tribunal Fiscal en 20 días.

Ejemplo cotidiano

María presenta una queja ante el Tribunal Fiscal porque la Administración Tributaria inició un procedimiento que infringe normas aduaneras; la oficina debe resolverla en 20 días hábiles.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.