Código Tributario
Artículo 129: CONTENIDO DE LAS RESOLUCIONES
Ver todos los artículosLas resoluciones expresarán los fundamentos de hecho y de derecho que les sirven de base, y decidirán sobre todas las cuestiones planteadas por los interesados y cuantas suscite el expediente. En caso contrario, será de aplicación lo dispuesto en el último párrafo del artículo 150. (*) Artículo modificado por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1263, publicado el 10 de diciembre de 2016.
Toda resolución debe explicar los hechos y las normas que la sustentan, y resolver cada cuestión planteada por los interesados o surgida durante el expediente. Si no lo hace, se aplica lo establecido en el último párrafo del artículo 150.
La resolución que recibe Juan debe explicar los hechos y normas considerados, y responder también al pedido adicional que presentó María durante el expediente.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe