Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Reglamento · Artículo 65: Supuestos de aplicación
Ver todos los artículos65.1 Conforme a lo establecido en el artículo 142 del Código, el mecanismo restaurativo puede ser utilizado para la remisión, para el acuerdo reparatorio y para el procedimiento especial de terminación anticipada. Asimismo, resulta aplicable en el juicio oral, en lo que respecta al acuerdo sobre la reparación del daño a la víctima que será plasmado en la sentencia condenatoria. (*) Numeral modificado por el artículo 3 del Decreto Supremo N° 005-2025- JUS, publicado el 9 de marzo de 2025. Sin embargo, la única disposición complementaria transitoria del mencionado decreto supremo ha dispuesto que entrará en vigencia progresivamente, conforme a lo establecido en el segundo párrafo de la segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo N° 1348 (Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes). 65.2 Cuando se aplique el mecanismo restaurativo a nivel del juicio oral, debe considerarse lo siguiente: 1. El acuerdo al que arriben el/la adolescente y la víctima es presentado ante el/la juez/a en el juicio oral, al momento de debatir la determinación de la medida socioeducativa a aplicar. 2. El/la juez/a, luego de evaluar el acuerdo y ser ratificado por el/la adolescente y la víctima, evita el debate sobre la pretensión civil. En caso el acuerdo no sea ratificado, se continúa la audiencia conforme a su estado.
El mecanismo restaurativo permite derivar el caso, celebrar un acuerdo reparatorio, terminar anticipadamente el proceso o acordar la reparación del daño en el juicio oral para incorporarla a la sentencia condenatoria. El juez evalúa el acuerdo ratificado por el adolescente y la víctima; si no lo ratifican, la audiencia continúa.
En el juicio oral, el adolescente Luis y Rosa ratifican ante la jueza un acuerdo para reparar el daño, y ella evita debatir la reparación civil.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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