Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Reglamento · Artículo 6: Asistencia legal
Ver todos los artículosEn caso que la víctima considere necesario acceder a la defensa legal para ser representada en el proceso y constituirse en actor civil, puede acudir a la Dirección de Asistencia Legal y Defensa de Víctimas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, debiendo cumplir con los requisitos establecidos por ley.
La víctima puede acudir a la Dirección de Asistencia Legal y Defensa de Víctimas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para obtener representación legal en el proceso y constituirse en actor civil (reclamar una reparación). Para acceder, debe cumplir los requisitos establecidos por ley.
Rosa, víctima en un proceso, acude a esa Dirección y presenta los documentos exigidos para solicitar representación y constituirse en actor civil.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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