MiCódigo.peBuscar otra norma

Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes

Reglamento · Artículo 33: Contenido

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

El informe debe contener lo siguiente: 1. Indicación de la metodología y/o herramientas de evaluación, protocolos que hubieren sido utilizados por la institución o entidad correspondiente. 2. Análisis de las condiciones de el/la adolescente en relación con la medida socioeducativa a aplicar. 3. Conclusiones, las mismas que deben ser claras, precisas y debidamente fundamentadas. En ningún caso se puede emitir juicio respecto a la responsabilidad o no responsabilidad de el/la adolescente investigado/a en relación con el hecho infractor materia del proceso. Capítulo V Salidas alternativas al proceso Subcapítulo I Remisión

Resumen breve

El informe debe indicar la metodología, herramientas y protocolos usados; analizar las condiciones del adolescente frente a la medida socioeducativa y presentar conclusiones claras, precisas y fundamentadas. Está prohibido que el informe determine si el adolescente es responsable o no del hecho investigado.

Ejemplo cotidiano

El equipo evalúa a Diego, describe sus condiciones y concluye qué medida podría aplicar, pero no afirma si cometió o no la infracción.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.