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Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes

Reglamento · Artículo 30: Del médico o profesional de la salud

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Texto literal del artículo

El Centro Juvenil donde se ejecute la medida de internación debe contar con la asistencia de un/a médico o profesional de la salud que realice acciones inmediatas para atender a el/la adolescente. Cumple las siguientes funciones: 1. Realiza un examen a el/la adolescente cuando ingrese al Centro Juvenil e informa a el/ la Director/a o al Equipo Técnico Interdisciplinario respecto a su estado de salud y sobre la necesidad de una atención médica especializada. 2. Realiza un examen previo a el/la adolescente que hubiere sido sancionado disciplinariamente, informando de alguna situación médica que requiera la suspensión de la sanción para proteger su salud. 3. Informa al Equipo Técnico Interdisciplinario y al Directora/a sobre la necesidad de una atención médica fuera del Centro Juvenil o la necesidad de coordinar con el Ministerio de Salud, Dirección Regional de Salud (DIRESA), Gerencia Regional de Salud (GERESA), Dirección de Redes Integradas de Salud (DIRIS)u otras instituciones para su intervención en el Centro Juvenil. 4. Elabora historias clínicas y/o de seguimiento de salud, de acuerdo con las normas del Ministerio de Salud, por cada adolescente. 5. Promueve y gestiona campañas de salud en los Centros Juveniles, pudiéndose apoyar con instituciones públicas y/o privadas. 6. Otras que disponga la normatividad vigente. Subcapítulo IV Informe sobre la medida socioeducativa a aplicar a el/la adolescente (*) La denominación de este subcapítulo fue modificada por el artículo 4 del Decreto Supremo N° 005-2025-JUS, publicado el 9 de marzo de 2025. Sin embargo, la única disposición complementaria transitoria del mencionado decreto supremo ha dispuesto que las modificaciones correspondientes a estas secciones, entrarán en vigencia conforme a lo establecido en el segundo párrafo de la segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo N° 1348 (Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes).

Resumen breve

El Centro Juvenil que ejecuta una internación debe contar con un médico o profesional de salud para atender de inmediato al adolescente. Debe examinarlo al ingreso y antes de una sanción, informar si necesita atención especializada o suspender la sanción por salud, coordinar derivaciones, llevar historias clínicas y promover campañas.

Ejemplo cotidiano

Al ingresar, Diego es examinado por la médica del Centro Juvenil, quien registra su estado y comunica que necesita atención especializada.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.