Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Reglamento · Artículo 29: Funciones de el/la educador/a social en el Centro Juvenil donde se ejecuta la internación
Ver todos los artículosEl/la educador/a social desarrolla las siguientes funciones: 1. Desarrolla una labor de acompañamiento, monitoreo, orientación e intervención educativa permanente con el/la adolescente, con el fin de coadyuvar el cumplimiento del Plan de Tratamiento Individual y ayudarlo en su proceso de reinserción a la sociedad. 2. Supervisa la asistencia, permanencia y comportamiento en las diferentes actividades diarias. 3. Evalúa el progreso del comportamiento de el/la adolescente y actúa en coordinación con el Equipo Técnico Interdisciplinario. 4. Participa en las acciones de seguridad que se disponga en el Centro Juvenil. 5. Participa en la organización y elaboración del programa de actividades semanales de cada programa. 6. Participa en la evaluación de los/las adolescentes que pueden ser promocionados/as o regresionados/as de algún programa. 7. Elabora los informes de ocurrencias en el programa a su cargo. 8. Informa verbalmente y por escrito al Equipo Técnico Interdisciplinario sobre inconducta de el/la adolescente o cambios significativos en su estado de ánimo y que puedan ser señales de alerta. 9. Otras que disponga la normatividad vigente.
El/la educador/a social debe acompañar, orientar y supervisar permanentemente al adolescente, controlar su asistencia y conducta, y apoyar el cumplimiento del Plan de Tratamiento Individual y su reinserción. También debe evaluar avances con el Equipo Técnico Interdisciplinario, participar en seguridad, actividades y cambios de programa, y reportar ocurrencias, inconductas o señales de alerta.
En el Centro Juvenil de Lima, la educadora social Rosa comunica por escrito al Equipo Técnico que Diego dejó de asistir y mostró cambios de ánimo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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