Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Reglamento · Artículo 195: Determinación de responsabilidad
Ver todos los artículos195.1 Al concluir la diligencia, o dentro de las veinticuatro (24) horas, el Consejo de Disciplina Juvenil emite una resolución administrativa señalando la medida disciplinaria que corresponda. En caso no se determine la responsabilidad de el/la adolescente, se archiva la investigación. 195.2 Establecida la medida disciplinaria, el Equipo Técnico Interdisciplinario la pone en conocimiento, dentro de las veinticuatro (24) horas, a los padres, tutores/as o responsables de el/la adolescente.
Al terminar la diligencia o dentro de las 24 horas, el Consejo de Disciplina Juvenil debe emitir una resolución y fijar la medida disciplinaria correspondiente. Si no declara responsable al adolescente, archiva la investigación; si establece una medida, el Equipo Técnico Interdisciplinario debe informar a sus padres, tutores o responsables dentro de las 24 horas.
Tras la diligencia de Luis, el Consejo fija una medida y el Equipo Técnico informa a su madre Rosa dentro de las 24 horas.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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