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Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes

Reglamento · Artículo 188: Medidas disciplinarias para faltas graves

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Texto literal del artículo

Las faltas disciplinarias graves pueden ser objeto de las siguientes medidas: 1. Suspensión de participación en actividades recreativas, deportivas o similares entre dieciséis (16) a treinta (30) días. 2. Limitación de comunicaciones con el exterior entre dieciséis (16) a treinta (30) días. 3. Restricción de visitas hasta por treinta (30) días, limitando la misma a una sola a la semana por dos (2) horas. Subcapítulo X Procedimiento Disciplinario

Resumen breve

Ante una falta disciplinaria grave, pueden suspenderse las actividades recreativas, deportivas o similares por 16 a 30 días, y limitarse las comunicaciones con el exterior por el mismo plazo. También pueden restringirse las visitas hasta por 30 días, permitiendo solo una visita semanal de dos horas.

Ejemplo cotidiano

Por una falta grave, Luis podría no participar en deportes durante 20 días y recibir solo una visita semanal de dos horas.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.