Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Reglamento · Artículo 170: De la semilibertad
Ver todos los artículos170.1 El/la director/a del Centro Juvenil, bajo responsabilidad, coordina con la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la asistencia técnica correspondiente para los/las adolescentes que se encuentren expeditos para la obtención del beneficio de semilibertad, sin perjuicio de que el/ la adolescente solicite la asistencia de abogado/a defensor/a de su libre elección. 170.2 El/la adolescente, con la asistencia de su abogado/a defensor/a, presenta a el/la juez/a la solicitud de semilibertad, que debe incluir: 1. Constancia de matrícula en institución educativa pública o privada o contrato u oferta de trabajo. 2. Compromiso de el/la adolescente de que residirá en el domicilio que señale, así como título de propiedad, contrato de alquiler de sus padres, tutores/as o responsables u otro documento válido que acredite la residencia en dicho domicilio. 3. Certificado de cómputo de incentivo por actividad educativa. 4. Cargo de la solicitud presentada al Director del Centro Juvenil para la elaboración de un informe por el Equipo Técnico Interdisciplinario. 170.3 El Equipo Técnico Interdisciplinario elabora el informe en un plazo de tres (03) días de recibida la solicitud. Remite dicho informe a el/la juez/a de forma inmediata.
El director del Centro Juvenil debe coordinar asistencia técnica para adolescentes expeditos para pedir la semilibertad, quienes también pueden elegir abogado. Con su abogado, presentan la solicitud al juez con matrícula o trabajo, prueba de domicilio, certificado de incentivo educativo y cargo de pedido de informe. El Equipo Técnico Interdisciplinario debe emitirlo en tres días y enviarlo inmediatamente al juez.
Juan, con su abogada, presenta al juez su matrícula, prueba de domicilio, certificado educativo y cargo; el equipo entrega su informe tres días después.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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