MiCódigo.peBuscar otra norma

Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes

Reglamento · Artículo 164: Criterios a considerar para la variación de la medida

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

164.1 Para decidir sobre la solicitud de variación, el Juez debe considerar la información proporcionada por el Equipo Técnico Interdisciplinario del centro juvenil y las partes. En tal sentido, se considera: 1. La evolución favorable que demuestra el adolescente en su tratamiento, de acuerdo con los informes semestrales del Equipo Técnico Interdisciplinario, tomando en cuenta el criterio de valoración de los riesgos y de protección. 2. Los logros alcanzados por el adolescente en relación con la finalidad de la medida socioeducativa. 3. La conducta del adolescente durante su permanencia en el centro juvenil, considerando las faltas disciplinarias cometidas. 4. El compromiso y la disposición del adolescente para reparar el daño causado; la reparación se realiza mediante las modalidades dispuestas en el artículo 66 del presente reglamento. 5. La participación y acompañamiento favorable del entorno familiar en la ejecución de la medida socioeducativa. 6. Los resultados alcanzados por el adolescente en el tratamiento desadictivo, según corresponda, atendiendo su Plan de Tratamiento Individual. 7. Otros que el Juez considere pertinente. (*) Artículo modificado por el artículo 3 del Decreto Supremo N° 005-2025-JUS, publicado el 9 de marzo de 2025.

Resumen breve

El juez decide la solicitud para cambiar la medida socioeducativa considerando los informes del Equipo Técnico Interdisciplinario y lo que presenten las partes. Debe valorar la evolución y logros del adolescente, su conducta y faltas, la reparación del daño, el apoyo familiar, el tratamiento para superar adicciones y cualquier otro aspecto pertinente.

Ejemplo cotidiano

Al evaluar el pedido de cambio de medida de Luis, el juez revisa sus informes, buena conducta, reparación del daño, apoyo de su madre y tratamiento contra adicciones.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.