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Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes

Artículo 60: Variación de la internación preventiva

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Texto literal del artículo

60.1 La variación de la internación preventiva procede cuando nuevos elementos de convicción demuestren que no concurren los motivos que determinaron su imposición y resulte necesario sustituirla por otra medida cautelar o disminuir su duración. 60.2 El Fiscal o el adolescente, a través de su abogado, puede solicitar al Juez la cesación de la internación preventiva y su sustitución por una comparecencia u otra medida cautelar, las veces que lo desee, siempre que considere que se cumple lo establecido en el numeral anterior. 60.3 El Juez de la Investigación Preparatoria decide la variación del internamiento preventivo, previa audiencia, debiendo citar a los sujetos procesales que corresponda, y solicitar al Centro Juvenil el informe del equipo técnico interdisciplinario, a fin de orientar su decisión. 60.4 Adicionalmente a lo dispuesto en el numeral 1 del presente artículo, el Juez tiene en consideración las características personales del adolescente, el tiempo transcurrido desde la privación de libertad y el estado de la causa. 60.5 El Juez impone la suspensión preventiva de derechos previstas en el artículo 49 o las restricciones establecidas en el artículo 65, que considere necesarias para garantizar la presencia del imputado o para evitar que lesione la finalidad de la medida cautelar.

Resumen breve

Fiscal o adolescente, mediante abogado, puede pedir al juez cambiar o terminar la internación preventiva si nuevos elementos muestran que ya no hay motivos, por comparecencia u otra medida cautelar. El juez decide en audiencia con informe técnico, considera la situación personal, el tiempo detenido y el estado del caso, y puede imponer restricciones.

Ejemplo cotidiano

Tras presentar nuevos elementos, Luis pide mediante su abogada cambiar su internación preventiva; el juez la sustituye por comparecencia y fija restricciones.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.