Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Artículo 3: Aplicación por excepción
Ver todos los artículosQuedan comprendidos en el proceso de responsabilidad penal del adolescente, aquellos que hubieran cometido la infracción de acuerdo a lo previsto en el artículo anterior, pero adquieran la mayoría de edad durante el desarrollo del proceso judicial, así como a quienes únicamente se les pudiera haber iniciado proceso judicial luego de haber cumplido la mayoría de edad.
El proceso de responsabilidad penal adolescente continúa para quien cometió la infracción prevista en el artículo anterior y alcanza la mayoría de edad mientras el juicio sigue. También se aplica a quien solo podía ser sometido a ese proceso después de cumplir la mayoría de edad.
Luis cometió una infracción comprendida en el artículo anterior y cumplió 18 años mientras su juicio continuaba, por lo que el proceso adolescente siguió aplicándose.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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