Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Artículo 14: Atribuciones y obligaciones del Fiscal
Ver todos los artículosEntre las atribuciones y obligaciones del Fiscal se tiene las siguientes: a. Actúa en el proceso de responsabilidad penal del adolescente con independencia de criterio. Adecúa sus actos a un criterio objetivo, rigiéndose por la Constitución Política del Perú, la Ley y los tratados internacionales sobre la materia; sin perjuicio de las directivas o instrucciones de carácter general que emita la Fiscalía de la Nación. b. Conduce la Investigación Preparatoria. Practica u ordena practicar los actos de investigación que correspondan, indagando no sólo las circunstancias que permitan comprobar la imputación, sino también las que sirvan para eximir o atenuar la responsabilidad del adolescente imputado y en función de su interés superior. c. Solicita al Juez las medidas que considere necesarias. d. Interviene permanentemente en todo el desarrollo del proceso. Tiene legitimación para interponer los recursos y medios de impugnación que la Ley establece. e. Está obligado a apartarse del conocimiento de una investigación o proceso cuando esté incurso en las causales de inhibición establecidas en el artículo 53 del Código Procesal Penal u otra norma que la sustituya. f. Decide respecto a la promoción de la persecución penal, pudiendo desistirse de ella o abandonar la ya iniciada cuando considere que ello es más conveniente al interés superior del adolescente y resulta conveniente para la mejor solución del conflicto penal o para el futuro del adolescente. g. Solicita pruebas, aporta y las lleva adelante conforme a sus funciones procesales y solicita las que estime pertinentes como adelanto de prueba. h. Cuando proceda solicita el cese, la modificación o sustitución de las medidas de coerción que pesen sobre el adolescente. i. Promueve el uso del mecanismo restaurativo en el marco de sus funciones. j. Interpone los recursos procesales pertinentes. k. Solicita el sobreseimiento provisional o definitivo ante el Juez competente del adolescente. l. Finaliza la investigación en tiempo y forma, y continúa con la siguiente etapa procesal. m. Vela por la efectiva satisfacción de los derechos del adolescente imputado, promoviendo tanto las medidas judiciales como las extrajudiciales correspondientes. n. Solicita el auxilio y colaboración de la Policía y los auxiliares de justicia y del resto de los servicios de salud, educación, asistencia social público y/o privado a fin de hacer efectiva la satisfacción de los derechos vulnerados del adolescente imputado de la comisión de un delito y en el marco de lo establecido en el presente Código. o. Toma contacto en forma personal con los operadores de justicia, así como con los directores y responsables de los centros juveniles y/o los Servicios de Orientación al Adolescente, con el fin de coordinar todas las intervenciones necesarias para cumplir con la finalidad del proceso de responsabilidad penal del adolescente y articular estrategias de abordaje. p. En todos los casos debe considerar el abordaje individual de trabajo con cada adolescente, atendiendo al informe del Equipo Técnico Interdisciplinario del Programa Nacional de Justicia Juvenil Restaurativa del Ministerio Público u otros debidamente autorizados conforme al Reglamento del presente Código. q. Procura la solución alternativa al proceso del adolescente, en especial la remisión, mediación, conciliación y las prácticas restaurativas. r. Recibe la declaración del adolescente en presencia de su abogado defensor dentro del módulo especializado de atención al adolescente en conflicto con la ley penal.
El fiscal dirige la investigación, actúa con independencia y objetividad, y busca pruebas contra el adolescente y también las que lo eximan o atenúen su responsabilidad. Interviene en todo el proceso, protege sus derechos, solicita medidas y pruebas, y puede desistir o abandonar la persecución cuando favorezca su interés superior y la solución del conflicto.
La fiscal Rosa investiga a Diego, busca pruebas a favor y en contra, y propone mediación si beneficia su interés superior.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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