Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Artículo 125: Declaración inexistente
Ver todos los artículosCuando no se llegue a un acuerdo o éste no sea aprobado, la declaración formulada por el adolescente en este proceso, se tiene como inexistente y no puede ser utilizada en su contra.
Cuando no se alcanza un acuerdo o la autoridad no lo aprueba, la declaración que hizo el adolescente durante este proceso se considera inexistente. Por eso, nadie puede usar esa declaración en su contra.
Diego declara durante el proceso, pero como no hay acuerdo aprobado, esa declaración no puede utilizarse para perjudicarlo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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