Código de Protección y Defensa del Consumidor
Artículo 73: Idoneidad en productos y servicios educativos
Ver todos los artículosEl proveedor de servicios educativos debe tener en consideración los lineamientos generales del proceso educativo en la educación básica, técnicoproductiva y educación superior, asegurando la calidad de los servicios dentro de la normativa sobre la materia.
El proveedor educativo debe considerar los lineamientos generales del proceso educativo aplicables a la educación básica, técnico-productiva y superior. También debe asegurar la calidad del servicio conforme a la normativa vigente sobre educación.
El colegio de Rosa debe seguir los lineamientos educativos aplicables y garantizar la calidad de sus clases conforme a las normas vigentes.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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