Código de Protección y Defensa del Consumidor
Artículo 22: Garantía de uso o buen funcionamiento
Ver todos los artículosEl proveedor que consigne la leyenda garantizado en las diferentes formas de presentación de un producto debe informar su alcance, duración y condiciones, así como la individualización de las personas que las extienden y los establecimientos en los que puede hacerse efectiva. La indicación de exclusiones o limitaciones al otorgamiento de una garantía no puede conllevar a limitaciones que no sean justificadas o que la desnaturalicen. El tiempo que duren las reparaciones efectuadas al amparo de la garantía no es computable dentro del plazo de la misma. En el caso de reposición del producto, debe renovarse el plazo de la garantía.
El proveedor que anuncie un producto como “garantizado” debe informar el alcance, duración y condiciones de la garantía, quién la ofrece y dónde puede hacerse efectiva. No puede imponer exclusiones injustificadas; el tiempo de reparación no cuenta en el plazo y, si reemplaza el producto, la garantía comienza nuevamente.
Rosa compra una refrigeradora garantizada, recibe sus condiciones y, tras una reparación de diez días, conserva esos días adicionales de cobertura.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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