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Código de Protección y Defensa del Consumidor

Artículo 157: Criterios para la graduación del porcentaje entregable de la multa impuesta

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Texto literal del artículo

Al momento de determinar el porcentaje de las multas administrativas entregable a las asociaciones de consumidores en los procedimientos promovidos por éstas, la autoridad competente debe evaluar, como mínimo, los siguientes criterios: a. Labor de investigación desarrollada por la asociación de consumidores de forma previa a la presentación de la denuncia. b. Participación de la asociación de consumidores durante el procedimiento iniciado. c. Trascendencia en el mercado de la presunta conducta infractora denunciada, impacto económico de la misma y perjuicios causados en forma previa o que puedan ser causados de forma potencial a los consumidores con relación a la misma. d. Otros que se determinen en el análisis específico de cada procedimiento.

Resumen breve

La autoridad competente debe fijar qué porcentaje de la multa administrativa se entregará a la asociación de consumidores que promovió el procedimiento. Para decidirlo, debe considerar su investigación previa, participación, importancia e impacto de la infracción en el mercado, perjuicios a consumidores y otros criterios del caso.

Ejemplo cotidiano

Rosa y Luis denuncian a una empresa; la autoridad evalúa su investigación y participación antes de determinar qué porcentaje de la multa les corresponde.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.