MiCódigo.peBuscar otra norma

Código de Protección y Defensa del Consumidor

Artículo 135: Autoridad Nacional de Protección del Consumidor

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, ejerce las atribuciones y funciones que le confieren las leyes para velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Código, sin perjuicio de las atribuciones y autonomía de los demás integrantes del sistema.

Resumen breve

Indecopi es la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y debe vigilar que se cumplan las reglas de este Código. También ejerce las funciones y atribuciones que le otorgan las leyes, respetando las competencias y autonomía de las demás entidades del sistema.

Ejemplo cotidiano

Tras la denuncia de Rosa por cobros indebidos de una empresa telefónica, Indecopi inicia la fiscalización prevista en el Código, sin sustituir a otras entidades competentes.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.