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Código Procesal Penal

Artículo 528: Ámbito y procedencia

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Texto literal del artículo

1. Esta sección rige los actos de cooperación judicial internacional previstos en los incisos b) a j) del numeral 1) del artículo 511. 2. En estos casos, la solicitud de asistencia judicial internacional o carta rogatoria sólo procederá cuando la pena privativa de libertad para el delito investigado o juzgado no sea menor de un año y siempre que no se trate de delito sujeto exclusivamente a la legislación militar.

Resumen breve

Regula los actos de cooperación judicial internacional previstos en los incisos b) a j) del numeral 1 del artículo 511. La asistencia judicial internacional o carta rogatoria procede cuando el delito tiene una pena privativa de libertad mínima de un año y no está sujeto exclusivamente a la legislación militar.

Ejemplo cotidiano

Rosa presenta una solicitud internacional por un delito con pena mínima de un año que no pertenece exclusivamente a la justicia militar.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.