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Código Procesal Penal

Artículo 437: Procedencia y efectos

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Texto literal del artículo

1. Procede recurso de queja de derecho contra la resolución del Juez que declara inadmisible el recurso de apelación. 2. También procede recurso de queja de derecho contra la resolución de la Sala Penal Superior que declara inadmisible el recurso de casación. 3. El recurso de queja de derecho se interpone ante el órgano jurisdiccional superior del que denegó el recurso. 4. La interposición del recurso no suspende la tramitación del principal, ni la eficacia de la resolución denegatoria.

Resumen breve

Puedes presentar un recurso de queja de derecho cuando un juez rechaza por inadmisible una apelación o cuando una Sala Penal Superior rechaza una casación. Debes interponerlo ante el órgano jurisdiccional superior al que denegó el recurso, pero la queja no suspende el proceso ni la eficacia de esa decisión.

Ejemplo cotidiano

Rosa presenta una queja ante el órgano superior porque el juez declaró inadmisible su apelación, mientras el proceso principal continúa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.