Código Procesal Penal
Artículo 321: Finalidad
Ver todos los artículos1. La Investigación Preparatoria persigue reunir los elementos de convicción, de cargo y de descargo, que permitan al Fiscal decidir si formula o no acusación y, en su caso, al imputado preparar su defensa. Tiene por finalidad determinar si la conducta incriminada es delictuosa, las circunstancias o móviles de la perpetración, la identidad del autor o partícipe y de la víctima, así como la existencia del daño causado. La Investigación Preparatoria se divide en dos subetapas: la investigación preliminar realizada por la Policía Nacional del Perú con la conducción jurídica del Ministerio Público y la Investigación Preparatoria formalizada dirigida por el Ministerio Público con el apoyo en la realización de diligencias de investigación de la Policía Nacional del Perú. (*) Segundo párrafo del numeral incorporado por el artículo único de la Ley N° 32130, publicada el 10 de octubre de 2024. 2. La Policía Nacional del Perú y sus órganos especializados en criminalística, la Dirección de Policía Contra la Corrupción, el Instituto de Medicina Legal y los demás organismos técnicos del Estado, están obligados a prestar apoyo al Fiscal. Las universidades, institutos superiores y entidades privadas, de ser el caso y sin perjuicio de la celebración de los convenios correspondientes, están facultados para proporcionar los informes y los estudios que requiere el Ministerio Público. La Contraloría General de la República, conforme a sus atribuciones y competencia, a solicitud del Titular del Ministerio Público, podrá prestar el apoyo correspondiente, en el marco de la normativa de control. (*) Inciso modificado por el artículo único de la Ley N° 28697, publicada el 22 de marzo de 2006. 3. El Fiscal, mediante una Disposición, y con arreglo a las directivas emanadas de la Fiscalía de la Nación, podrá contar con la asesoría de expertos de entidades públicas y privadas para formar un equipo interdisciplinario de investigación científica para casos específicos, el mismo que actuará bajo su dirección.
La investigación preparatoria reúne pruebas de cargo y descargo para que el fiscal decida si acusa y el imputado prepare su defensa; además determina si hubo delito, sus circunstancias, responsables, víctima y daño. Comprende una etapa preliminar policial, bajo conducción jurídica fiscal, y otra formalizada dirigida por el Ministerio Público con apoyo policial.
Rosa denuncia un robo; la Policía reúne declaraciones y videos bajo conducción fiscal, mientras el Ministerio Público decide si acusa y el investigado prepara su defensa.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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