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Código Procesal Penal

Artículo 287: Comparecencia restrictiva

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Texto literal del artículo

1. Se impondrán las restricciones previstas en el artículo 288, siempre que el peligro de fuga o de obstaculización de la averiguación de la verdad pueda razonablemente evitarse. 2. El Juez podrá imponer una de las restricciones o combinar varias de ellas, según resulten adecuadas al caso y ordenará las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las restricciones impuestas. Las restricciones se impondrán por los plazos previstos en el artículo 272 según corresponda, sin afectar irrazonablemente los derechos fundamentales del imputado. (*) Numeral modificado por el artículo único de la Ley N° 32130, publicada el 10 de octubre de 2024. 3. Si el imputado no cumple con las restricciones impuestas, previo requerimiento realizado por el fiscal o por el juzgador en su caso, se revocará la medida y se dictará mandato de prisión preventiva. El trámite que seguirá el juez será el previsto en el artículo 271. 4. El Juez podrá imponer la prohibición de comunicarse o aproximarse a la víctima o a aquellas personas que determine, siempre que ello no afecte el derecho de defensa. 5. (*) Numeral derogado por la segunda disposición complementaria derogatoria del Decreto Legislativo N° 1514, publicado el 4 de junio de 2020. (*) Artículo modificado por la cuarta disposición complementaria modificatoria del Decreto Legislativo N° 1229, publicado el 25 de setiembre de 2015.

Resumen breve

El juez impone restricciones para evitar razonablemente la fuga o la obstrucción, respetando los plazos del artículo 272 y los derechos fundamentales. Si el imputado incumple tras ser requerido por el fiscal o juez, se revoca la medida y se dicta prisión preventiva; también puede prohibirse su contacto con la víctima sin afectar su defensa.

Ejemplo cotidiano

Tras requerir a Luis por incumplir la prohibición de acercarse a Ana, el juez revoca la medida y ordena su prisión preventiva.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.