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Código Procesal Penal

Artículo 27: Competencia de las Salas Penales de las Cortes Superiores

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Texto literal del artículo

Compete a las Salas Penales de las Cortes Superiores: 1. Conocer del recurso de apelación contra los autos y las sentencias en los casos previstos por la Ley, expedidos por los Jueces de la Investigación Preparatoria y los Jueces Penales -colegiados o unipersonales-. 2. Dirimir las contiendas de competencia de los Jueces de la Investigación Preparatoria y los Jueces Penales -colegiados o unipersonales- del mismo o distinto Distrito Judicial, correspondiendo conocer y decidir, en este último caso, a la Sala Penal del Distrito Judicial al que pertenezca el Juez que previno. 3. Resolver los incidentes que se promuevan en su instancia. 4. Dictar, a pedido del Fiscal Superior, las medidas limitativas de derechos a que hubiere lugar. 5. Conocer del recurso de queja en los casos previstos por la Ley. 6. Designar al Vocal menos antiguo de la Sala para que actúe como Juez de la Investigación Preparatoria en los casos previstos por la Ley, y realizar el juzgamiento en dichos casos. 7. Resolver la recusación planteada contra sus Magistrados. 8. Conocer los demás casos que este Código y las Leyes determinen.

Resumen breve

Las Salas Penales revisan apelaciones contra autos y sentencias de los jueces penales y de investigación preparatoria, y resuelven conflictos de competencia, incidentes, quejas y recusaciones contra sus magistrados. A pedido del Fiscal Superior, dictan medidas limitativas de derechos, designan al juez de investigación preparatoria en los casos legales y ejercen las demás funciones que la ley les asigne.

Ejemplo cotidiano

Rosa apela, cuando la ley lo permite, una sentencia dictada por un juez penal y la Sala Penal de la Corte Superior revisa ese recurso.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.