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Código Procesal Penal

Artículo 26: Competencia de la Sala Penal de la Corte Suprema

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Texto literal del artículo

Compete a la Sala Penal de la Corte Suprema: 1. Conocer del recurso de casación interpuesto contra las sentencias y autos expedidos en segunda instancia por las Salas Penales de las Cortes Superiores, en los casos previstos por la Ley. 2. Conocer del recurso de queja por denegatoria de apelación. 3. Transferir la competencia en los casos previstos por la Ley. 4. Conocer de la acción de revisión. 5. Resolver las cuestiones de competencia previstas en la Ley, y entre la jurisdicción ordinaria y la militar; no pudiéndose disponer, en ningún caso, que se sigan los procesos penales en ambas jurisdicciones a la vez, cuando los hechos y sujetos investigados o procesados sean los mismos; debiendo preferir en su resolución a la jurisdicción militar policial, cuando se trate de delitos cometidos por personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el cumplimiento de su función, en acciones militares, en acto del servicio, consecuencia del servicio o con ocasión de él, o acción de armas y que atenten contra bienes jurídicos vinculados con la existencia, organización, operatividad o funciones de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú.(*) Párrafo incorporado por el artículo 2 de la Ley N° 32735, publicada el 21 de julio de 2026. 6. Pedir al Poder Ejecutivo que acceda a la extradición activa y emitir resolución consultiva respecto a la procedencia o improcedencia de la extradición pasiva. 7. Resolver la recusación planteada contra sus Magistrados. 8. Juzgar en los casos de delitos de función que señala la Constitución. 9. Entender de los demás casos que este Código y las Leyes determinan.

Resumen breve

La Sala Penal Suprema conoce casaciones (revisiones legales), quejas por apelación denegada, revisiones, transferencias de competencia, extradiciones, recusaciones (apartamiento de jueces), delitos de función y demás asuntos legales. Resuelve conflictos entre jurisdicciones, prohíbe procesos paralelos y prefiere la militar-policial cuando personal activo comete delitos funcionales contra bienes institucionales.

Ejemplo cotidiano

Carlos Rojas interpuso recurso de casación contra una sentencia de segunda instancia, y la Sala Penal de la Corte Suprema asumió su conocimiento.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.