Código Procesal Penal
Artículo 268-B: Impedimento de la prisión preventiva
Ver todos los artículosEl fiscal se encuentra impedido de solicitar prisión preventiva contra el personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad en cuadros que, en el ejercicio de su finalidad constitucional, hace uso de sus armas o medios de defensa en forma reglamentaria y, como consecuencia de ello, acontece alguna lesión o muerte. (*) Artículo incorporado por el artículo 2 de la Ley N° 32181, publicada el 11 de diciembre de 2024.
El fiscal no puede solicitar prisión preventiva (detención provisional) contra un integrante de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad en cuadros cuando, al cumplir su finalidad constitucional, usa reglamentariamente sus armas o medios de defensa y causa una lesión o muerte. La prohibición se aplica únicamente cuando concurren esas condiciones.
Durante una intervención, el policía Luis usa reglamentariamente su arma y causa una lesión; por ello, el fiscal no puede solicitar su prisión preventiva.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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