Código Procesal Penal
Artículo 251: Reexamen e Impugnaciones
Ver todos los artículos1. Contra la disposición del Fiscal que ordena una medida de protección, procede que el afectado recurra al Juez de la investigación preparatoria para que examine su procedencia. 2. Contra las resoluciones referidas a las medidas de protección procede recurso de apelación con efecto devolutivo.
La persona afectada por una medida de protección ordenada por el fiscal puede recurrir ante el juez de la investigación preparatoria para que revise si corresponde. Además, puede apelar las resoluciones sobre esa medida, pero la apelación no suspende sus efectos.
El fiscal ordena proteger a Rosa; ella pide al juez revisar la medida y apela la resolución, que sigue aplicándose mientras se revisa.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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