Código Procesal Penal
Artículo 19: Determinación de la competencia
Ver todos los artículos1. La competencia es objetiva, funcional, territorial y por conexión. 2. Por la competencia se precisa e identifica a los órganos jurisdiccionales que deben conocer un proceso.
El proceso penal se asigna según cuatro criterios: el tipo de asunto, la función del órgano, el lugar relacionado con el caso y su conexión con otros procesos. Estas reglas permiten precisar e identificar qué órgano jurisdiccional debe conocer cada proceso.
Cuando la empresa Andina denuncia una estafa en Arequipa vinculada a otro proceso, la competencia determina qué órgano jurisdiccional, según delito, función, territorio y conexión, debe conocerla.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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