Nuevo Código Procesal Constitucional
Artículo 73: Ejecución de la sentencia
Ver todos los artículosLa sentencia firme que ordena el cumplimiento del deber omitido será cumplida de conformidad con lo previsto por el artículo 27 del presente código. PROCESOS DE ACCIÓN POPULAR,
Cuando una sentencia firme ordena cumplir un deber omitido, debe ejecutarse según las reglas del artículo 27 del Código Procesal Constitucional. Este artículo remite a esa disposición para establecer cómo debe cumplirse la sentencia.
Tras una sentencia firme de acción popular que ordena publicar una ordenanza, la Municipalidad de Arequipa cumple ese deber conforme al artículo 27 del Código Procesal Constitucional.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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