MiCódigo.peBuscar otra norma

Nuevo Código Procesal Constitucional

Artículo 18: Medidas cautelares

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

Se pueden conceder medidas cautelares y de suspensión del acto violatorio en los procesos de amparo, habeas data y de cumplimiento. La medida cautelar solo debe limitarse a garantizar el contenido de la pretensión constitucional, teniendo en cuenta su irreversibilidad, el orden público y el perjuicio que se pueda ocasionar. El juez, atendiendo a los requisitos dicta la medida cautelar sin correr traslado al demandado. La ejecución dependerá del contenido de la pretensión constitucional intentada y del adecuado aseguramiento de la decisión final, a cuyos extremos deberá limitarse. El juez puede conceder la medida cautelar en todo o en parte. Tratándose de medidas cautelares respecto de procesos de selección de obras públicas o de ejecución de estas, bajo sanción de nulidad, se notifica la solicitud cautelar a la parte demandada para que haga valer su derecho en el plazo de diez días hábiles. La Sala resuelve en el término de cinco días hábiles de formulada la oposición. La apelación solo es concedida sin efecto suspensivo; salvo que se trate de resoluciones de medidas cautelares que declaren la inaplicación de normas legales autoaplicativas, en cuyo caso la apelación es con efecto suspensivo. (*) Artículo modificado por el artículo único de la Ley N° 31583, publicada el 5 de octubre de 2022. Lo dispuesto en el presente artículo no se aplica a los supuestos del artículo 52-A. (*) Párrafo incorporado por el artículo 1 de la Ley N° 32153, publicada el 5 de noviembre de 2024.

Resumen breve

En amparo, hábeas data y cumplimiento, el juez puede conceder una medida cautelar (orden provisional), total o parcial, sin oír al demandado, para asegurar el pedido, considerando irreversibilidad, orden público y perjuicio. En obras públicas, debe notificarlo: diez días hábiles para oponerse, cinco para que la Sala resuelva; la apelación no suspende, salvo normas autoaplicativas.

Ejemplo cotidiano

Ante la suspensión de una licencia, Rosa presenta amparo y el juez ordena provisionalmente detener el acto mientras se asegura la decisión final.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.